Los planes cambiaron y la pregunta es una: ¿cuánto devolverán? La respuesta no depende de la aerolínea ni de tu habilidad para negociar, sino de dos cosas: qué tarifa tienes y en qué momento advertiste al transportista.
Analizamos el artículo 108 del Código de Aviación.
Tarifa de retorno: tres niveles
No más tarde de veinticuatro horas antes del vencimiento del plazo de facturación para el vuelo — se devuelve la tarifa pagada, menos los gastos efectivamente incurridos por el transportista relacionados con la ejecución del contrato.
Después de veinticuatro horas, pero antes de que finalice el registro, se devuelve la tarifa de transporte, pero se retiene una multa del veinticinco por ciento y los mismos gastos reales. El transportista tiene derecho a reducir la multa, pero no está obligado a hacerlo.
Después de completar el registro, no devuelven nada.
Preste atención al punto de partida. No es "antes del despegue", sino "antes del cierre de la facturación", y el cierre de la facturación es notablemente anterior al despegue. Las veinticuatro horas de las que se habla se miden a partir de este momento, y en la práctica es una hora o una hora y media antes de lo que se suele pensar.
Tarifa no reembolsable
Si el contrato se celebra con una tarifa con condición de no reembolso, la tarifa de transporte no se reembolsará. La única excepción en el propio artículo son los montos no utilizados que el transportista cobra a favor de otras organizaciones de acuerdo con la legislación de los estados extranjeros a través de cuyos territorios se realiza el transporte.
Conclusión práctica: un billete no reembolsable es más barato exactamente por el costo de ese riesgo. No vale la pena considerarlo "casi lo mismo".
Un rechazo forzado es una historia aparte.
El punto 2 del artículo 108 describe los casos en que la denegación se considera forzada, y entonces las normas anteriores no se aplican. La lista es exhaustiva:
enfermedad del pasajero o de un miembro de su familia o familiar cercano que viaja con él en la aeronave, — se confirma con documentos médicos;
fallecimiento de un miembro de la familia o familiar cercano, debidamente documentado;
la convocatoria al servicio militar por movilización, la asignación para cumplir el servicio en las tropas de la guardia nacional por movilización, el ingreso al servicio militar por contrato, la celebración de un contrato para permanecer en una formación de voluntarios — todo esto se confirma documentalmente según el procedimiento establecido por el Gobierno.
⚠️ Condición común para todos los casos mencionados: se debe notificar al transportista antes de que finalice el tiempo de facturación del vuelo. No notificar a tiempo significa perder el fundamento.
Y otro detalle por el que suelen denegar: la enfermedad de un familiar da lugar a una denegación forzosa solo si dicho familiar viajaba con usted. Un familiar enfermo en casa no entra dentro de esta norma.







